Como ya sabemos todos el sábado pasado hubo Cabildo General Extraordinario en La Columna. Fue un cabildo muy interesante porque se plantearon diversos asuntos de indudable interés para la Hermandad. Sin embargo uno de ellos es acreedor de una especial trascendencia y por lo tanto motivo de este artículo, porque aunque es un asunto particular de una hermandad consideramos que en su esencia afecta a todas las Hermandades de la diócesis complutense.
En el turno de ruegos y preguntas se planteó la votación de un acuerdo que podía implicar la reforma del libro de Reglas de la Hermandad. La iniciativa estaba auspiciada por integrantes de la Agrupación Musical que buscaban una seguridad jurídica a los logros conseguidos en los últimos meses: algo tan simple y tan básico como el reconocimiento de su esfuerzo y la transparencia en su gestión.
La votación no pudo llevarse a cabo en primer lugar porque no venía en el orden del día. En segundo lugar no era cuestión fácil, pues se plantearon dos aspectos de orden material como son la conveniencia de que una Junta Gestora pueda tener iniciativa normativa y la necesidad de una reforma integral de la normativa que sujeta a la cofradía de la calle Imagen.
Sin embargo la reflexión a la que queremos invitar no está relacionada con las demandas de este colectivo, que, dicho sea de paso, consideramos justas, sino en la necesidad de una reforma integral de las Reglas de las Hermandades.
Cierta persona, con la clarividencia propia de las personas sencillas resumió en pocas palabras lo que viene sucediendo estos últimos años en las Cofradías Complutenses: “No es más que una lucha entre los que quieren hacer las cosas bien y los que quieren que las cosas se hagan como siempre”.
Efectivamente el conflicto en el seno del gobierno de las hermandades, por lo general, reside por un lado en el deseo de que las cosas se hagan bien, conforme ordenan los estatutos y por otro la resistencia a ultranza de aquellos que quieren las cosas hechas como siempre, es decir, el gobierno de lo caprichoso.
La iglesia normalmente suele optar por una posición continuista y conservadora buscando de esta manera un modelo "estable", así, para dirigir las cofradías prefiere representantes del pasado (como siempre), otros que son presente (ni bien ni como siempre sino como les digan) y futuro (bien pero a ser posible como siempre). Con esto no queremos decir que estas personas obren en contra de la Hermandad y sus hermanos. Todo lo contrario, creemos que dedican su esfuerzo por el bien de las cofradías pero por el camino equivocado. Dicha forma de concebir las Hermandades se ha demostrado errónea a la luz de los hechos que ha azotado el mundo cofrade alcalaino y que tiene su origen precisamente en los modos particulares de entender las cofradías. Sólo se puede entender la cofradía, no solo desde la Fe, como no puede ser de otro modo, sino también desde sus estatutos, sus normas de desarrollo y de su componente principal que son sus cofrades.
Entre otros aspectos debe regularse el funcionamiento de los distintos órganos de gobierno y de sus sesiones. Debe precisarse el alcance de las funciones de determinados miembros de la Junta de gobierno. Deben establecerse con detalle las normas que regulen la administración económica. Debe definirse con precisión la existencia o no de un régimen disciplinario y en su caso, quien, como y cuando debe aplicarlo. Debe establecerse el sistema de elección de los capataces, su posición dentro de la Hermandad, el funcionamiento de las cuadrillas y delimitar con claridad sus potestades. Deben regularse detalladamente los procesos electorales así como los límites y procedimientos para la modificación de las normas de alcance general. Todos estos aspectos entre otros no pueden quedar al arbitrio de la Junta de Gobierno o personalidad de turno.
En definitiva, los cofrades tienen derecho a entender cómo funciona su Hermandad, a comprender sus entresijos, y que no sea un misterio cuya comprensión queda al alcance de unos pocos iniciados.
Los Estatutos de las Hermandades, al dictado de los estatutos marco, se han revelado en los últimos tiempos como una herramienta insuficiente pues no han podido dar respuesta pacífica a todos los problemas que en el último bienio se han puesto de manifiesto en algunas cofradías.
El principio de autonomía de las asociaciones públicas de fieles exige que estas tengan las herramientas adecuadas para responder a la gran mayoría de los problemas que pueden sucederse sin tener que recabar constantemente la acción de quien ejerce la alta dirección.
Por eso creemos que es el momento actual, al amparo de un mayoritario clima de deseo renovador, cuando debe plantearse la modificación de las reglas que regulan el funcionamiento interno de las Cofradías, desde la Fe y Caridad cristiana, tal y como debe ser: bien. Entendiendo la Hermandad como un conjunto, como algo homogéneo, que debe ser tratado de modo integral.
Pero no nos engañemos, la solución no es exclusivamente una extensa regulación, los problemas de Hermandades como Los Trabajos o La Columna tienen multitud de causas, pero quizás el principal de todos ellos es la falta de formación cristiana. Así, entendemos que, además, habrá que darle a la formación como cofrades, como católicos, la importancia que tiene.
Proceder de otra manera no son más que remiendos. Parches para intentar contentar a unos y otros cuando en esencia las cosas seguirán como siempre y lo que ocurre es que ahora los cofrades, las cosas, las quieren bien hechas.
Alcalá Cofrade
Con el máximo respeto por la independencia de cada cofradía, pero sujeta a unas normas básicas, me gustaría puntualizar lo siguiente:
ResponderEliminar1- El Estatuto Marco que facilitó el Obispado es eso, un modelo cuyas líneas generales vale para todas las cofradías pero que al mismo tiempo ofrece flexibilidad para que cada una añada lo que considere singular o importante para su propia cofradía.
2 - Incorporar un régimen disciplinario es una cosa perfectamente legal y no creo que el Obispado pudiera poner ninguna traba.
3 - Cualquier cofradía puede regular en el Reglamento de Régimen Interno la forma en que se debe desarrollar el proceso electoral, las hay que tienen perfectamente establecida fecha de celebración de elecciones.
4 - Me parece un poco gratuito decir que los cofrades ahora quieren las cosas bien hechas y que otros las quieren como siempre. Antes, ahora y después habrá cosas bien y mal hechas y de cualquier forma eso no deja de ser una opinión subjetiva.
Lo importante es pensar menos en lo que quiero yo y un poco más en lo que desea la mayoría.
1.- Los estatutos marco claro que son eso, marco, y que teoricamente las cofradias podian adaptar. La cuestion es que en algunos casos simplemente se transcribieron.
Eliminar2.- creo que en el texto no dice que un regimen disciplinario sea legal o no. Mas bien parece decir que se diga si lo hay o no.
3.- En cuanto a los procesos electorales tambien hay las que no regulan nada.
4.- Creo que no has cogido la idea del articulo. No se trata de cosas bien hechas o no en sentido particular. Es una forma de expresar qque en muchos casos hay arbitrariedad donde no debe de haberla, con independencia de que en un momento dadlo la decision fuera buena ono. No porque se acertase ya es valido. Lo que parecen decir es que hay asuntos que no puden depender de una decision acertada o no: por ejemplo sancionar sin un regimen disciplinario. Puede ser acertado porque te quitas un indeseable de enmedio, pero y si no es un indeseable? Por supuesto es ilegal hacerlo pero no todo el mundo lo sabe.
El estatuto marco, y los responsables de que las reglas individuales se ajusten a él, no me parecen para nada flexibles. Han entendido las Hermandades el propósito de dicho Estatuto: "estas son las normas que deben regir a todas las Hermandades. Las añadiduras, por favor, en forma de reglamento interno".
EliminarDel artículo sólo discrepo en el tema de regular el nombramiento de los capataces. Se le da demasiada importancia a un cargo más dentro del cortejo. Claro que aquí en Alcalá, el martillo parece que es un potosí, y todos quieren llegar a él. Aún así creo que la idea es clara: los capataces deben ser nombrados por las Juntas de Gobierno, como son ellos los que designan vestidores, o los que eligen las flores de los pasos.
Las cofradías recibieron un Estatuto Marco y a cada una le correspondió conjugarlo con sus particularidades, posteriormente tuvieron que aprobarse en Asamblea General Extraordinaria, por ello los Estatutos son la consecuencia de lo que ha decido la mayoría de los hermanos de cada cofradía.
ResponderEliminarLas hay que tienen establecido que los cargos de confianza o de designación acaban cuando termina el mandato de cada junta, de esa manera se evita perpetuarse en el cargo.
En cuanto a la economía, en cumplimiento de lo que se recoge en el Estatuto Marco cada cofradía tiene que tener un Consejo Económico que es el que primero da el visto bueno a los presupuestos y tiene la obligación de evitar que la Junta de Gobierno cometa ningún desmán.